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Boletín de prensa 10 de agosto de 2011
EL TIEMPO
RADICADO EN EL CONGRESO TERCER PROYECTO SOBRE MATRIMONIO GAY
Alfonso Prada y Armando Benedetti proponen una unión civil entre parejas del mismo sexo.Ante la Secretaría de la Cámara fue radicado esta tarde el tercer proyecto que habla de uniones de parejas del mismo sexo, de acuerdo con la exhortación que hizo la Corte Constitucional para que el Congreso legisle sobre el tema.
Prada, representante a la Cámara del Partido Verde, y Benedetti, el senador de 'la U', presentaron una iniciativa que busca asimilar todos los efectos de la matrimonio civil a parejas del mismo sexo.
"Estamos reglamentando en un proyecto la unión civil entre parejas del mismo sexo, y les hemos denominado a quienes firman este acto civil cónyuges, igual que los son en el matrimonio los cónyuges", explicó Prada.
Por su parte, Benedetti afirmó que "el proyecto no contempla la adopción para parejas del mismo sexo", pero que esa posibilidad podría ser objeto de otro proyecto de ley.
Se establece una mayoría de 18 años para acceder a este acto jurídico, el cual será, como el matrimonio civil, ante un notario.
"Ningún funcionario público cuando es público, puede hacer objeción de conciencia. Ni los notarios, ni los hospitales con el tema del aborto, pueden hacer objeción de conciencia", advirtió Benedetti sobre la posible negación de un notario a casar a una pareja gay.
EL INCONVENIENTE NO ES LA TUTELA
Eduardo Suescún Monroy*
Lo mejor es dejar la tutela como está y más bien, desde el alto gobierno, orientar y corregir el funcionamiento del Estado, para que este no actúe fuera del Derecho o contra el Derecho.
Veinte años después de expedida la Constitución, es clara la trascendencia de la acción de tutela para el funcionamiento del Estado de Derecho. Antes del 91 existía la consagración de los derechos fundamentales, pero los ciudadanos no podían hacerlos realidad porque faltaba este procedimiento mediante el cual los jueces pueden ordenar a las autoridades cumplir con la Constitución en un caso concreto.
Contra su aplicación se repiten dos críticas: la de su proliferación y abuso por parte de los ciudadanos. Y la segunda, el choque de trenes. Ninguna de las dos responde a la realidad.
Basta examinar qué origina la cantidad de tutelas que hoy sobrecarga a la administración de justicia, para descubrir que es el mismo Estado, al funcionar por fuera del Derecho o muchas veces contra el Derecho, el que ocasiona, con su acción u omisión, el problema. No es que los ciudadanos se inventen las demandas de tutela sino que el Estado incumple. Y ese incumplimiento del Ejecutivo y de sus servicios administrativos, aumentado con el de las administraciones regionales y locales, es lo que genera el cúmulo de tutelas, que ahora se quiere solucionar con una pretendida reforma de la justicia.
La ausencia de honorabilidad y de eficiencia en las funciones públicas; el disfuncionamiento del Estado; la falta de una política del gobierno nacional de cumplimiento leal y riguroso de la Constitución, son causas directas de esta ola creciente de tutelas. Y esto no es de ahora, ni fruto de funcionarios ocasionales: desde hace años, una mano no tan misteriosa pero sí siniestra ha estado ocupada en desvirtuar y menoscabar el alcance de normas constitucionales y de desmantelar y aniquilar el comienzo del Estado de bienestar que una vez existió.
Por otra parte, para que una tutela prospere tiene que demostrarse la violación de un derecho fundamental de rango constitucional. No simplemente la violación de derechos de orden legal. Por eso, su tramitación está a cargo de la jurisdicción constitucional a la cabeza de la cual está la Corte Constitucional. En consecuencia, resulta impropio hablar de choque de trenes dado que los jueces de tutela tienen la competencia máxima y exclusiva para la aplicación de las normas constitucionales. Y cuando un juez de tutela llega a ocuparse de una sentencia penal o administrativa no lo hace desde la normatividad legal, caso en el cual sí habría conflicto, sino solo desde la normatividad constitucional, que le es propia. Luego no se da ningún choque de trenes, porque cuando hay decisión del juez de tutela este la toma desde su propio y exclusivo carril; es decir, desde el carril del derecho constitucional por el cual las otras jurisdicciones no transitan o si transitan lo hacen bajo los lineamientos de la Corte Constitucional.
La seguridad jurídica no se da con mantener el error, como antes del 91 y como resultaría de la pretendida reforma. La seguridad jurídica resulta de un sistema que corrija los errores y estos, cuando son de índole constitucional, solo pueden ser corregidos por la jurisdicción constitucional, como sucede hoy.
Para que una sentencia sea revocada por la acción de tutela, es necesario demostrar que la corte que la expidió incurrió en vía de hecho; es decir, que no dictó sentencia sino una apariencia de sentencia y que semejante desafuero causa además el desconocimiento de un derecho fundamental constitucional.
Todo esto lleva a pensar que lo mejor es dejar la tutela como está y más bien, desde el alto gobierno, orientar y corregir el funcionamiento del Estado, para que este no actúe fuera del Derecho o contra el Derecho, que es lo que da lugar a las tutelas.
MEJOR FUERO QUE INMUNIDAD
Alfonso Gómez Méndez
Es inconveniente revivir la inmunidad. Pero lo esencial es mantener la competencia de la Corte, aun cuando sea solo para el juzgamiento, como lo propone la más reciente reforma judicial.
Es, sí, inconveniente revivir la inmunidad. Pero lo esencial es mantener la competencia de la Corte.
Volvió a alborotar el cotarro el presidente del Congreso, Juan Manuel Corzo, al presentar un proyecto de reforma constitucional para revivir la figura de la inmunidad parlamentaria.
Aparte de la conveniencia, o no, de tal propuesta, aflora otra vez lo que López Michelsen llamaba el poco sentido crítico de los colombianos, una de cuyas manifestaciones es la emocional reacción inmediata ante episodios públicos, antes de analizarlos con cabeza fría. Para descalificar una idea, antes que plantear argumentos en contra, se combate a su autor.
Para muchos, se trataba de derogar el Código Penal para los congresistas; para otros, de que no se los procesara nunca, y no faltaron quienes vieron en ello una especie de amnistía o indulto para poner fin a los actuales procesos por 'parapolítica' y otros delitos adelantados en la Corte Suprema de Justicia. Inclusive, los contradictores políticos del proponente aprovecharon para orquestar una campaña mediática en su contra.
Pero en realidad no hay relación entre la inviabilidad de la propuesta (que augura tanto éxito como podría tenerlo un vendedor de escapularios a las puertas del infierno) y supuestas conductas reprochables de Corzo en el pasado.
La inmunidad parlamentaria fue una institución del siglo XIX, que consagraba la Constitución de 1886, en virtud de la cual no se podía detener al parlamentario sin permiso de la Cámara respectiva, durante el periodo de sesiones, treinta días antes y veinte días después de estas.
Eran otras épocas, cuando para preservar la autonomía del Congreso se buscaba evitar que los gobiernos pusieran a los jueces a su servicio, hoy un imposible.
La práctica en el siglo XX fue desafortunada, pues, como se recuerda, el temible criminal Pablo Escobar se fugó mientras el Congreso decidía si le levantaba o no la inmunidad. Sin embargo, nunca se negó un levantamiento de inmunidad. En todo caso, una vez levantada la inmunidad, o concluido el periodo de protección, el congresista podía ser detenido y procesado como cualquier persona. Después del trámite, el parlamentario se sometía a las leyes ordinarias sobre competencia, pues no tenía fuero, como ahora.
Fue, paradójicamente, esa ausencia de fuero la que impidió que muchos congresistas fueran a la cárcel, pues los jueces no se atrevían a llegar hasta el fondo en las investigaciones contra ellos.
Significativo fue el caso de la inmunidad frente a las primeras acusaciones por peculado y falsedad contra Alberto Santofimio, pues entonces gozaba de plena protección política que lo cobijó hasta comienzos de los años noventa.
En el proyecto Barco, de 1988, se optó por suprimir la inmunidad parlamentaria, por desueta e inconveniente y reemplazarla por fuero, para que los congresistas pudieran ser procesados y detenidos en cualquier momento por decisión de la Sala Penal de la Corte. Esa propuesta se repitió en la Constitución de 1991, y es la que ha permitido que, a diferencia de la impunidad en el pasado, ahora muchos parlamentarios hayan podido ser procesados y condenados por diversos delitos. El problema, por tanto, no era la inmunidad sino que fueran jueces de menor rango quienes investigaran y juzgaran a los miembros de las dos cámaras.
Lo que hoy ha permitido adelantar los procesos no es tanto la ausencia de inmunidad parlamentaria, cuanto el fuero ante la Corte.
Es, sí, inconveniente revivir la inmunidad. Pero lo esencial es mantener la competencia de la Corte, aun cuando sea solo para el juzgamiento, como lo propone la más reciente reforma judicial.
Y como todo ciudadano, los parlamentarios deben tener derecho a la doble instancia para que un Tribunal independiente de quien toma las primeras decisiones pueda revisarlas en apelación.
FISCAL DEFIENDE EL DEBATE DE CARA A LA REFORMA
Exagerada reacción de las cortes por la reforma judicial, dice fiscal Viviane Morales señaló que hasta revivir el fuero parlamentario debe ser sometido a discusión.
Como una reacción un tanto exagerada calificó la fiscal General de la Nación, Viviane Morales Hoyos, la respuesta de las altas cortes ante la presentación del proyecto de reforma a la justicia ante el Congreso de la República.
En diálogo con La FM, manifestó que no le parece prudente solicitar la intervención de la comunidad internacional en el asunto, toda vez que las instituciones colombianas, en este sentido, actúan con autonomía y bajo sus competencias.
Sostuvo que ninguna propuesta puede dejarse fuera del debate antes de tiempo y que incluso la proposición para revivir el fuero parlamentario en favor de los congresistas debe someterse a discusión.
A su vez, la jefe del ente de control penal manifestó que lo que sí espera y que ella misma ha propuesto es darle la facilidad al fiscal General para delegar a algún investigador en las actuaciones que se adelanten, por ejemplo, contra los ministros y otros funcionarios investidos de fuero legal.
Para la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, en cabeza de sus respectivos presidentes, Camilo Tarquino y Mauricio Fajardo, la propuesta presentada por el Ejecutivo ante al Congreso, sin llegar a un consenso con los máximos representantes del poder judicial, atentaba contra la separación de las ramas del poder.
La semana anterior, emitieron un comunicado conjunto en el que señalaban que este proyecto lo que buscaba era concentrar más poderes en el Ejecutivo, en detrimento de la autonomía de la que hoy goza la rama jurisdiccional.
EL ESPECTADOR
MATRIMONIO GAY EN COLOMBIA
Radican nuevo proyecto para permitir "unión civil" de parejas del mismo sexo
Aunque no es explícita la figura de matrimonio, la iniciativa sí establece los mismos derechos de las parejas de heterosexuales.
Este martes un nuevo proyecto en favor de las parejas del mismo sexo fue radicado en el Congreso de la República.
El senador Armando Benedetti Villaneda y el representante Alfonso Prada Gil presentaron una iniciativa que "regula" la unión civil entre parejas del mismo sexo.
Aunque no habla directamente del matrimonio, los autores advierten que el proyecto "acepta la solicitud hecha al Congreso por la Corte Constitucional", para que se legisle de manera sistemática y organizada sobre los derechos de las parejas del mismo sexo en un término máximo de dos años.
"El proyecto crea la figura de la Unión Civil, con los mismos efectos jurídicos del matrimonio, que solo procede para parejas heterosexuales", explican los autores.
"El proyecto pretende acabar con la clara desigualdad profunda en la que se encuentran las parejas del mismo sexo que desean contraer matrimonio y no lo pueden hacer, a diferencia de las parejas heterosexuales", recalcan.
“Este hecho evidencia que aún en el siglo XXI se considera que existen ciudadanos de primera categoría y otros de segunda categoría. El Estado se relaciona con ellos no sólo de manera diferencial sino claramente discriminatoria. La posibilidad de acceder a este derecho debe ser igual para cualquier ciudadano, independientemente de su preferencia sexual. Es respetar el supuesto básico de la inclusión y la no discriminación”, aseguró Benedetti.
Para el representante Prada, “es hora de que el Estado reconozca y vele por los derechos y obligaciones mutuas no solo de las parejas heterosexuales sino también de las parejas del mismo sexo. Este tipo de protección significa fundamentalmente dos cosas: primero, que la sociedad reconoce esa unión; segundo, que esa unión acarrea derechos y obligaciones, entre los que pueden encontrarse los derechos de herencia, de patrimonio, de seguridad social, entre otras cargas impositivas y beneficios de diversa índole”.
ANGELINO GARZÓN PROPONE DENUNCIAR PENALMENTE A GERENTES DE EPS MOROSAS
La alcaldesa Clara López dijo que se va adelantar un estudio siguiendo los consejos del vicepresidente en materia penal y constitucional.
Durante la instalación de la mesa por el trabajo decente y la firma del decreto de la Política de Talento Humano, el vicepresidente de la República, Angelino Garzón, le dijo en su intervención a la alcaldesa de Bogotá, Clara López Obregón y al secretario de Salud, Jorge Bernal Conde, que denuncien penalmente ante Fiscalía General de la Nación a los gerentes de las EPS que le adeudan dineros a la red distrital.
“Algunas EPS están poniendo en peligro la prestación del servicio de salud en el Distrito Capital, si usted me permite señora alcaldesa y doctor Jorge Bernal, lo mejor que se puede hacer en este momento y se lo digo en mi condición de ex gobernador de Valle, es más para protegerse usted señora alcaldesa, preséntenles esta misma semana una denuncia penal contra los gerentes de estas EPS que tienen semejante deuda con la red hospitalaria del Distrito, porque ese comportamiento está atentando contra el derecho a la salud, y es parte integrante de los derechos humanos y pone en peligro el derecho a la vida”, dijo.
Ante la sugerencia del vicepresidente de la República, López Obregón dijo que se va adelantará un estudio siguiendo los consejos del Vicepresidente en materia penal y constitucional.
“Vamos a estudiar el tema con mucha seriedad, es una avenida que debemos considerar al lado de todas las demás que estamos haciendo, nosotros estamos hablando con el Ministerio de la Protección Social, con la Superintendencia de Salud, con la Contraloría, la Procuraduría y desde luego estamos tomando decisiones internas en la red hospitalaria distrital para la reducción de gastos y costos, no podemos seguir tolerando que por falta de pago se ponga en jaque el derecho de salud de quienes acuden a la red distrital”, dijo López.
Garzón, además, hizo un reconocimiento público a la alcaldesa, a quien le dijo que “está realizando una extraordinaria labor, porque se está consolidando la importancia de invertir en los seres humanos”, expresó.
LA REFORMA SOÑADA POR URIBE
Por: Cecilia Orozco Tascón
¿Qué tiene que ver la reforma a la justicia que el Congreso le aprobará, sin duda, al gobierno, con las propuestas indecentes del presidente del parlamento Juan Manuel Corzo y con la decisión de Interpol de no tramitar la circular roja de captura de María del Pilar Hurtado?
Aparentemente nada. Sin embargo, los dos últimos hechos podrían explicar para dónde va el primero, un proyecto tan escandaloso que sólo alguien con la popularidad de su primer año de gobernante se atrevería a poner sobre el tapete. Describo tres puntos del coctel explosivo que dinamitará la autonomía judicial:
1.- Darles calidad de juez a abogados particulares y a los notarios nombrados por el propio gobierno. Un notario de los de Mario Uribe, Tomás Uribe, Díaz Mateus o cualquiera de los otros que les deben sus puestos a los congresistas ¿arbitrando con imparcialidad un caso? ¿Cuántos notarios de los que le legalizaron al paramilitarismo las tierras robadas a las comunidades vamos a graduar de jueces? ¿Cuáles abogados se seleccionarán para vestir toga, siendo litigantes de muchos procesos? ¿Los famosos de los medios? ¿Los cercanos al Ejecutivo?
2.- Suprimirle a la Corte Suprema la función de investigar a los congresistas y trasladársela a la Fiscalía. Perdón ¿no fue esa, justamente, la vía de escape de los parapolíticos, es decir, renunciar a su fuero y refugiarse en fiscalías venales? ¿Se olvidaron ya circunstancias como la de Luis Humberto Gómez Gallo, hoy condenado a nueve años de prisión por la Sala Penal pero cuyo caso había sido cerrado a su favor por la Fiscalía en 2008?
3.- Eliminarles a los altos tribunales la facultad de postular ternas para los cargos de procurador y contralor y, en su lugar, escoger a estos funcionarios entre los candidatos del mandatario o los del Congreso, respectivamente. En otras palabras, dejar los dos órganos que vigilan al Ejecutivo y al parlamento a merced de los vigilados.
Releídos los presupuestos anteriores, empiezan a casar las otras piezas del ajedrez: el Congreso eligió para presidirlo a un personaje que, no obstante ser sospechoso de haber sido próximo a un miembro del narcotráfico, sacó pecho con orgullo y proclamó la revancha de su clase con un proyecto de inmunidad contra la justicia para “restablecer el equilibrio de poderes”. En las manos de este señor, descarado clientelista y amigo público del extraditado Jensey Miranda, el gobierno Santos ha puesto el trámite de la reforma que le sustraerá independencia la Corte. Como quien dice carroña para el gallinazo, y excusas por la cruda comparación.
Por último, la Interpol, unión de la policía de 187 gobiernos, se negó a ejecutar la captura de la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado. La Casa de Nariño recibió la decisión con la misma actitud pasiva que la caracterizó cuando Panamá le otorgó asilo de perseguida política a Hurtado. ¿Qué delitos le imputan a la exdirectora del DAS? Entre otros, vaya coincidencia, espiar a los magistrados que juzgaron a los congresistas ¿Por qué el Estado, en cabeza de Santos, no protesta ante Panamá o Interpol por obstruir una orden de la Fiscalía? Porque la presunta persecución viene de la justicia, no de Uribe ni de Santos. El proceso Hurtado es la prueba irrefutable de que es urgente una reforma que “equilibre los poderes” y ponga a la rama judicial en cintura con el fin de que no estorbe a las otras dos ramas del poder. La unidad nacional de Santos que representa el 97% del Congreso, a la que él ha apelado dizque como árbitro de la discusión, hará realidad los sueños más delirantes de Álvaro Uribe. ¿Pelea de Santos con su antecesor? ¡Qué va!
EL NUEVO SIGLO
GOBIERNO PROPONE REFORMA DEPARTAMENTAL
Un proyecto de ley por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los departamentos, radicó ayer el ministro del Interior y de Justicia Germán Vargas en la Secretaría General de la Cámara. de ley por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los departamentos, radicó ayer el ministro del Interior y de Justicia Germán Vargas en la Secretaría General de la Cámara.
Según explicó el funcionario, esta iniciativa permitirá a los gobernadores tener la función de armonizar los Planes de Ordenamiento Territorial Municipal, con el fin de que no interfieran con el desarrollo regional y promuevan la integración armónica del territorio.
“El Departamento jugará un papel de intermediación entre la Nación y los municipios, de manera que la Nación podrá delegar algunas funciones en los entes territoriales. Se actualiza el régimen de bancadas para Asambleas departamentales y Concejos municipales y toda la legislación que en materia de reformas políticas fue aprobada en el periodo anterior”, explicó el jefe de la cartera política.
Este proyecto establece que la Nación podrá delegar en los Departamentos el ejercicio de algunas atribuciones propias de los organismos y entidades públicas nacionales, trasladando recursos, funciones y competencias ejecutoras y de coordinación.
Tal delegación se realizaría para temas relacionados con agricultura, adecuación de tierras, reforma agraria, medio ambiente, capacitación para el empleo, ciencia y tecnología, competitividad, sistemas de información, cooperación técnica internacional, bienestar familiar, atención a la población vulnerable y turismo, entre otras.
Así mismo, el ministro Vargas manifestó que habrá tipologías para los Departamentos, que establecerán criterios como las características del territorio, su vocación económica, circunstancias sociales, culturales, geográficas y ecológico-ambientales.
El proyecto reitera la Entidad Territorial Departamental como nivel Intermedio de Gobierno para que actúe como eje del desarrollo local, armónico e integral de la política sectorial de la Nación en el territorio.
Vargas recordó que en el semestre anterior fue aprobado el nuevo Código de Régimen Municipal, que posteriormente irá a plenaria en el Congreso de la República, iniciativa con la que también buscan una actualización en cada uno de los Departamentos.
“Tanto el Código departamental como el Código de Régimen municipal actualiza toda la legislación de los entes territoriales, alcaldes, gobernaciones, concejos, asambleas, con el Ordenamiento Territorial profundizando la descentralización, profundizando la desconcentración de funciones”, señaló el Ministro.
¿REFORMA SIN LA JUSTICIA?
JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO
“¿Se pretende someter a las Cortes a la voluntad gubernamental?
Observando desde la barrera lo que pasa con la posible reforma constitucional sobre la Administración de Justicia, surgen varias reflexiones:
1.- Si el presidente Juan Manuel Santos, al posesionarse hace un año -tras un largo y estéril período de enfrentamientos entre el Gobierno y la Corte Suprema, y de permanente controversia planteada por el Ejecutivo, en tono agresivo, sobre decisiones judiciales-, había dado al país la tranquilizadora noticia de que en esta administración se dejaban atrás esas rebatiñas y se procedía a instaurar una época de mutuo respeto y de relaciones armónicas entre las ramas ejecutiva y jurisdiccional, no entendemos la razón por la cual se restablecen ahora la tirantez, las pullas y las críticas a los fallos -las que, aun con lenguaje melifluo, siguen desconociendo la intangibilidad de los mismos-, a la vez que se proclama por el propio Presidente, sin suministrar prueba (por lo tanto, de manera irresponsable) que “en cierta forma las Cortes se tomaron atribuciones del Congreso”. Esto último implica acusar a los magistrados de extralimitación de funciones; de haber violado el artículo 121 de la Constitución, que dice: “Ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuyen la Constitución y la ley”.
2.- ¿Se pretende someter a las Cortes a la voluntad gubernamental e introducir las reformas a la Justicia con el solo pupitrazo de las mayorías con las que el Gobierno cuenta en el Congreso?
3.- ¿Será sensato intentar una reforma a las bases constitucionales de la Administración de Justicia sin importar lo que piensen o hayan estudiado, ni la experiencia que tengan las altas corporaciones judiciales, precisamente sobre la materia propia de su actividad?
4.- ¿Será cierto eso de que el Congreso es imparcial al resolver sobre cualquier discrepancia entre las Cortes y el Gobierno, cuando su Presidente actual desde el discurso de posesión y con proyectos presentados -aunque hayan sido después retirados-, ha manifestado su animadversión a las decisiones de la Administración de Justicia?
5.- A pesar de la última reforma al respecto, ¿habrá una suficiente imparcialidad de los congresistas que tienen en su contra investigaciones o procesos, o respecto de los cuales se ha solicitado la pérdida de investidura, cuando se trata de reformar la Constitución en materias alusivas a las competencias y facultades de la Corte Suprema o del Consejo de Estado?
¿Por qué imponer una reforma y no intentar un consenso?
REVISTA SEMANA
COMISIÓN DE ACUSACIONES PRESENTARÁ SU PROPIA REFORMA JUDICIAL
El proyecto sería acumulado con la reforma a la justicia del Gobierno. Propone ampliar la cobertura de investigados, crear una comisión de conjueces para que no los investigue la Corte Suprema y la capacidad de proferir medidas de aseguramiento.
Como el proyecto de reforma a la justicia que presentó el Gobierno no se ocupa de los juicios a aforados, los integrantes de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes presentarán su propio proyecto para hacer ajustes a los procesos contra altos dignatarios del Estado.
El ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, cuando radicó el proyecto, dijo que el Congreso deberá legislar en la reforma a la Comisión de Acusaciones. Los miembros de la célula judicial del Congreso decidieron presentar su iniciativa.
Semana.com conoció que este jueves, la Comisión definirá los alcances del proyecto y lo radicará en la Comisión Primera del Senado. El propósito es que se acumule con el proyecto presentado por el Gobierno para que el debate sobre la Comisión de Acusaciones tenga el mismo escenario del de la reforma a la justicia.
El proyecto, que ha venido siendo elaborado en los últimos 10 meses, no busca eliminar la Comisión de Acusaciones de la Cámara. Todo lo contrario. El propósito es darle más dientes para adelantar los juicios especiales que ordena la Constitución. Garantizar la independencia de los procesos e incluso aumentar las competencias de la Comisión.
La propuesta no deja de ser controvertida, precisamente porque la opinión pública podrá calificar como excesivas las pretensiones de una comisión que históricamente ha quedado en deuda.
Según el borrador del proyecto, que Semana.com conoció y que será presentado este jueves, estas serían algunas de las principales reformas:
Expedir medidas de aseguramiento
Hoy, los funcionarios aforados y que son investigados por la Comisión de Acusaciones no pueden ser detenidos, ni siquiera en la comisión flagrante de un delito. El Congreso no tiene la capacidad de ordenar arrestos ni expedir medidas de aseguramiento.
La propuesta es que en caso de “flagrante delito”, los aforados serán aprehendidos y puestos a “inmediata” disposición de la Comisión de Acusaciones.
Un miembro de la Comisión habló con Semana.com y defendió esta propuesta al señalar que hay una descompensación con los demás ciudadanos del común, pues en materia penal las investigaciones deberían funcionar como cualquiera que adelante la Fiscalía o la Corte Suprema de Justicia”.
Juicios especiales, con doble instancia
Actualmente, la Comisión de Acusaciones sólo tiene la función de investigar y acusar ante la plenaria de la Cámara de Representantes, instancia encargada de juzgar y calificar la investigación y determinar las sanciones.
La propuesta es que además de las funciones actuales, la Comisión tenga la capacidad de “juzgar los delitos y sancionar en primera instancia”, para que la plenaria de la Cámara de Representantes sea la segunda instancia para los funcionarios aforados.
Investigar a vicepresidente, procurador y contralor
La propuesta de reforma a la justicia planteada por la Comisión de Acusaciones también pretende que en esta célula se investiguen el vicepresidente de la República, el procurador general y el contralor general. Una propuesta polémica en la medida en que el procurador y el contralor son funcionarios elegidos en el seno del Congreso de la República.
Un miembro de la Comisión le dijo a Semana.com que en la actual legislación “hay vacíos” sobre el fuero de estos tres funcionarios.
Hoy, la Comisión de Acusaciones investiga al presidente de la República; magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, de la Corte Constitucional y del Consejo Superior de la Judicatura, así como al fiscal general.
Fuero especial para representantes investigadores
Una de las recientes controversias políticas se ha producido porque la Corte Suprema investiga a congresistas, y el Congreso es quien investiga a los magistrados. En ese sentido, con el propósito de garantizar “mayor independencia”, la Comisión de Acusaciones propone que sus miembros no sean investigados por la Corte Suprema.
Sería una especie de fuero. La propuesta señala que los 17 representantes de esta Comisión sean investigados por una Sala Especial Judicial, que estaría conformada por dos conjueces de la Corte Suprema de Justicia, dos conjueces del Consejo de Estado, tres conjueces de la Corte Constitucional y tres conjueces de la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
Según un miembro de la Comisión, esta propuesta busca que la investigación para las demandas de pérdida de investidura de los miembros de la Comisión no sean conocidas por el Consejo de Estado, y las investigaciones penales no sean conocidas por la Corte Suprema de Justicia. “Con esa sala especial judicial se busca la independencia de los procesos judiciales que se adelantan en el Congreso.
Consejo de Estado radicaría su propio proyecto
En el Congreso también hay expectativa por un segundo proyecto de reforma a la justicia que podría ser radicado esta semana. Lo presentaría el presidente del Consejo de Estado, magistrado Mauricio Fajardo, y recogería las propuestas de las altas cortes sobre los ajustes a la administración de justicia.
El Gobierno ha reiterado, en palabras del ministro del Interior, que ve con buenos ojos que la rama judicial presente su propio proyecto.
Aún se desconocen los alcances de la propuesta, pero de ser radicada, la Comisión Primera del Senado deberá acumular estas tres reformas constitucionales. El debate no se concentraría exclusivamente en el proyecto del Gobierno.
NOTICIERO CMI
INDÍGENAS DENUNCIAN "SISTEMÁTICAS VIOLACIONES" A SUS DERECHOS
La Organización Nacional Indígena de Colombia (Onic), denunció hoy que los derechos de los indígenas son violados reiteradamente en el país y que decenas de pueblos se encuentran al borde de la extinción.
"El actual panorama de violaciones a los derechos de los pueblos indígenas en Colombia es crítico, sistemático y reiterativo, pese a los llamados que han realizado diversos organismos entre ellos Naciones Unidas", señaló la Onic en un comunicado.
La organización colombiana presentó este martes en la conmemoración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, un informe sobre la crisis humanitaria y violación de sus derechos.
En Colombia, 65 de los 102 pueblos indígenas reconocidos como tales, se han declarado "en riesgo, debido al conflicto armado, a la discriminación y la falta de protección".
Según la Onic, los organismos internacionales "han llamado al Gobierno colombiano a atender la aguda crisis de Derechos Humanos para los diversos pueblos", e igualmente "la Corte Constitucional ha advertido que muchos pueblos indígenas se encuentran en peligro de extinción a causa del conflicto y el desplazamiento forzado".
Asimismo, señala que los pueblos indígenas en Colombia "seguimos a la espera de que el Gobierno Nacional firme, sin reservas, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del 13 de septiembre de 2007".
Para los aborígenes colombianos, "esta fecha no ha sido una concesión de los Estados, sino que ha sido fruto de las luchas que a lo largo de la historia hemos desarrollado y que han contribuido a la conquista de derechos y su materialización a través de normas,
decretos, convenios, declaraciones que protegen nuestras condiciones y derechos en el mundo".
Sin embargo, añade enseguida, "aún estamos lejos de ver que los Estados y sus gobiernos cumplan con los compromisos adquiridos respecto de los derechos de los pueblos indígenas".
La Onic resalta que en algunos pueblos "la situación es mucho más critica que otros" y cita como ejemplo la de los Nukak Maku y los Guayaberos, pueblos ubicados en selvas del sureño departamento del Guaviare.
También la de los Hitnu y los Sicuani en Arauca (este) que "se encuentran en un alto peligro de desaparecer" por "la presencia de grupos armados legales e ilegales en sus territorios" que "han alterado sus formas tradicionales culturales de vida y son víctimas
constantes del desplazamiento, confinamiento, amenazas y asesinatos".
La Onic denuncia igualmente que entre los pueblos que son "blancos de sistemáticas y masivas violaciones a sus derechos" se encuentran los Awa, ubicados en Nariño y los Nasa en el Cauca (ambos en el sur del país).
Igualmente alude a los Embera, ubicados en nueve departamentos, los Wayuu, en la zona de la extensa Guajira al norte, los Zenu en Córdoba y Sucre (norte) y la de otros pueblos indígenas ubicados en la Sierra Nevada, la Orinoquia, la Amazonia, que padecen situaciones similares.
La organización colombiana precisa que entre esas situaciones figuran el "desplazamiento constante por confrontaciones armadas, amenazas, desapariciones, masacres, presencia de minas antipersonales y reclutamiento forzado de menores y jóvenes".
También, "asesinatos, por ocupación de sus tierras y sitios sagrados, confinamiento y controles de movilidad de personas y bienes, controles de comportamientos culturales ajenos, violencia contra las mujeres traducidos en acosos y abuso sexual, detenciones y señalamientos".